sábado, 18 de mayo de 2013

COMUNICADO DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES INMOBILIARIAS SOBRE LA NORMATIVA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA


Se manifiestan “atados de pies y manos” y piden que las CCAA colaboren con los profesionales

Los inmobiliarios denuncian la “desprotección” del propietario para poder cumplir con la Certificación Energética

La Federación de Asociaciones Inmobiliarias solicita una moratoria en la aplicación de sanciones

Madrid, 16 de mayo de 2013.- Tras la publicación en el BOE del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios, donde se establece la obligatoriedad de poner a disposición de los compradores o arrendatarios de edificios, o parte de los mismos, un certificado de eficiencia energética (en adelante CEE) y a menos de 15 días de la entrada en vigor de la citada normativa, los profesionales inmobiliarios se manifiestan “atados de pies y manos” ante la imposibilidad práctica de facilitar su estricto cumplimiento, por todas y cada una de las consideraciones que se citan a continuación:

  1. No está definida de forma precisa y concreta la cualificación profesional ni los medios de acreditación requeridos para ser considerado técnico competente y/o habilitado. Asimismo, tampoco están definidos los requisitos para ser “técnico ayudante”. 
  2. No se conocen los diferentes registros autonómicos habilitados para realizar las labores de inspección y control técnico y administrativo del CEE. También se desconoce el procedimiento de registro/sellado/visado de los CEE, o si el mismo conllevará algún tipo de tasa.
  3. No se conoce quién tendrá derecho de emisión de las etiquetas de CEE oficiales que cumplan los requisitos previstos en el procedimiento básico, ni tampoco si las mismas tendrán algún código de registro unívoco, ni cómo será éste. Igualmente, no está definida la normativa de exhibición voluntaria de las etiquetas de CEE en el caso de viviendas privadas.
  4. No están definidos los requisitos exactos para ser “agente independiente autorizado” que podrán ser seleccionados como entidades de ejecución del control de los CEE por el órgano competente de la comunidad autónoma. Ni se conoce el procedimiento exacto para proceder a la subsanación en tiempo y forma de los CEE que se encuentren discrepantes.
  5. No está claramente definido si el propietario de la vivienda debe aportar original del CEE a la hora de otorgar Escritura Pública, o bien bastará con una simple manifestación de ambas partes, transmitente y adquirente, de que se ha dado cumplimiento a la normativa vigente en materia de CEE.
  6. No queda claramente definida la graduación de la infracción por no cumplimiento en tiempo y/o forma de la obligatoriedad de disponer y publicitar el CEE, lo que resulta especialmente preocupante para el sujeto obligado si atendemos a los plazos marcados de entrada en vigor y a las indefiniciones respecto del desarrollo de la Ley que a las que acabamos de hacer mención.


Adicionalmente, los inmobiliarios representados en la Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI), con Esteban Calahorra como presidente de la misma, denuncian la falta de criterio ecuánime de la Administración al no incluir, como miembro de la Comisión Asesora para la CEE (órgano colegiado evaluador del CEE de carácter permanente y dependiente de la Secretaría de Estado de Energía) a ninguno de los colectivos existentes del sector de la Intermediación Inmobiliaria con suficiente representación nacional, como organización representativa de un sector profesional directamente afectado.

      Los Agentes Inmobiliarios, como gremio favorecedor de la dinámica del mercado y generador de riqueza mediante su directa influencia en el empleo y los impuestos relacionados, hacemos constar que, si bien consideramos muy positiva la normativa y que servirá para ayudar a nuestros clientes a evaluar la eficiencia energética de los inmuebles, lo que redundará en una mayor transparencia, así como en facilidades para la consecución de una mejor eficiencia, entendemos que la planificación de su entrada en vigor es inadecuada, haciendo inviable su estricto cumplimiento, por lo que solicitamos una moratoria en la aplicación del reglamento sancionador.

Por último, señalar que, como expertos profesionales, estamos a disposición de los órganos públicos competentes para ayudar a la puesta en marcha eficaz de la normativa que nos ocupa.

La Federación de Asociaciones inmobiliarias (FAI), constituida recientemente (marzo 2013), representa a las asociaciones inmobiliarias de colaboración y está compuesta actualmente por 9 asociaciones  que representan a más de 150 empresas de intermediación inmobiliaria y a más de 500 profesionales del sector. Su primera Asamblea constituyente tendrá lugar el 14 de junio en Madrid, donde espera integrar nuevos miembros. 

Más información:
Asociación Local de Inmobiliarias de Alcorcón (ALÍA), www.alcorconalia.com, miembro de FAI, miembro de AEPA, www.aepa.org.es. Presidente de ALÍA: Jose María Alfaro, tlf 666 749 676

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